Según el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires (Ley 12.257), es la Autoridad del Agua quien crea los Comités de Cuencas Hídricas.
Cada Comité está integrado por un representante de cada Municipio que lo compone ya sea el intendente o representante por él designado. A su vez, el Comité debe ser asistido por una Comisión Asesora integrada por diversos organismos y sectores, públicos y privados que desarrollen actividades en el área de influencia del Comité. Definiciones Generales:
Cuenca Hidrográfica: unidad natural definida por las divisorias de aguas en un territorio dado, donde las aguas escurren superficialmente hacia un cuerpo de agua común (río, lago, mar, etc.).
Cuenca Hídrica: unidad territorial en la cual el agua que cae por precipitación y/o el agua subterránea escurren hacia un cuerpo de agua común (río, lago, mar, etc.).
Acuífero: unidad geológica cuya estructura permite el almacenamiento y el transporte de agua subterránea.
Cuenca Hidrológica: unidad territorial en la cual el agua que cae por precipitación, el agua superficial y el agua subterránea forman parte de un ciclo hidrológico común.
Comité de Cuenca Hídrica: unidad de gestión territorial cuyo objetivo es maximizar en forma equilibrada los beneficios ambientales, sociales y económicos de la Cuenca.
Contacto Actualizado (Junio 2021):
- Departamento Gestión de Comités de Cuencas y Consorcios
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-División Gestión de Comités de Cuencas
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Teléfono: 0221-489-6350
96 ADA (4 de junio de 2021). Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.ADA. Gestion de Comite de Cuenca http://www.ada.gba.gov.ar/gestiondecomites