Según la Ley 12.257, crea el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires, determina como autoridad de aplicación a la Autoridad del Agua, que es una entidad autárquica que funciona en el ámbito de la Subsecretaría de Obras Públicas.
El Código de Aguas tiene como objeto establecer el régimen de protección, conservación y manejo del recurso hídrico de la Provincia de Buenos Aires. La Autoridad del Agua tiene a su cargo la elaboración de los planes hidrológicos, debiendo elevarlos al Poder Ejecutivo para su aprobación, a los fines del ejercicio de las funciones conferidas a éste por el art. 2 del referido cuerpo legal.
Asimismo, para controlar la calidad y cantidad del agua, establecerá una red hidrométrica provincial y al efecto llevará y mantendrá actualizado un catastro que registre la ubicación, cantidad y calidad del agua pluvial, superficial y subterránea de la provincia, incluso la interjurisdiccional y las obras hidráulicas.
Dentro de sus facultades se encuentra la posibilidad de prohibir el uso recreativo y el abastecimiento doméstico o el urbano de determinadas aguas, en salvaguarda de la salud pública, sin pagar indemnización alguna.
95 Subsecretaría de Recursos Hídricos (4 de junio de 2021). Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Recursos Hídricos. ADA. http://www.ada.gba.gov.ar/