En su artículo N°1 establece la modificación del Artículo 21 del Anexo I del Decreto 2020/07.
Habilitando la participación a aquellos generadores de residuos peligrosos que se encuadren en la categoría de pequeño generador y aquellos que generen residuos peligrosos correspondientes a las categorías de control Y2, Y3, Y6, Y8, Y9, Y12, Y13, Y16 , Y18, Y34, Y35, Y41 e Y42, por cantidades totales para todas las categorías generadas no superiores a 20 kg mensuales, podrán realizar la inscripción usando el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA). Al finalizar el trámite, se emitirá el correspondiente Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos.
68 Gobierno de la ciudad de Bueno Aires (7 de Junio de 2021) Resolución-02015-182-APRA. https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/tramites/resolucion-2015-182-apra.pdf