Los proyectos industriales o establecimientos industriales instalados en la provincia de Bs.As. deberán presentar certificaciones a los fines de su reclasificación, ante el municipio o autoridad portuaria.
Los proyectos o establecimientos industriales instalados en la provincia de Buenos Aires, con anterioridad al dictado del Decreto 353/11, hayan sido clasificados en la segunda categoría y con un Nivel de Complejidad Ambiental de hasta quince (15) puntos deberán presentar a los fines de su reclasificación, ante el municipio o autoridad portuaria, según corresponda, en el expediente por el cual tramitó la clasificación originaria, la siguiente documentación:

1-solicitud de reclasificación por Decreto 353/111.
2-Constancia de C.U.I.T
3-Formulario General(A) y Formulario Base de Categorización(B).

35 Provincia de Buenos Aires (5 de junio de 2021) OPDS https://normas.gba.gob.ar/documentos/B1Wj7vh4.html

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